Política Funcionamiento de Canal Ético

En cumplimiento con el deber de información recogido en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico, le informamos qI. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

SOCIEDAD MUNICIPAL DE AGUAS DE BURGOS S.A.U. está fuertemente comprometida con el cumplimiento normativo y la prevención de delitos y conductas ilícitas, poniendo a disposición de sus integrantes y de terceros, en su página web corporativa, un Canal Ético a través del cual informar, de forma anónima o confidencial, conductas ilícitas o delictivas que pudieran ser advertidas en la organización.

La presente Política tiene como objeto facilitar la comunicación al Compliance Officer de AGUAS DE BURGOS de las posibles conductas ilícitas o contrarias a las normas, así como dar a conocer los principios y el funcionamiento del Canal Ético y la protección que AGUAS DE BURGOS ofrece a los informantes de buena fe.

A través del Canal Ético podrá ponerse en conocimiento del Compliance Officer de AGUAS DE BURGOS acciones y omisiones que supongan:

  • Infracciones del Sistema de Prevención de Delitos.
  • Infracciones del Derecho de la Unión Europea comprendidas dentro del ámbito de aplicación de los actos contemplados en la Directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, y que afecten a intereses financieros de la Unión Europea o incidan en el mercado interior.
  • Infracciones penales o conductas ilícitas.
  • Infracciones administrativas graves o muy graves.

II. MEDIOS DE COMUNICACIÓN

Las infracciones y conductas ilícitas podrán ser comunicadas a través del Canal Ético, disponible en la página web www.aguasdeburgos.com, que dará acceso directo a un formulario a través del cual cualquier informante podrá poner en conocimiento del Compliance Officer, de forma anónima o confidencial a su elección, cualquier irregularidad, comportamiento ilícito o conductas delictivas advertidas en AGUAS DE BURGOS.

Asimismo, cualquier informante podrá remitir sus comunicaciones al Compliance Officer de AGUAS DE BURGOS por correo postal a la dirección Avenida del Cid Campeador N.º 12, 09005, Burgos, España, así como solicitar una reunión personal con el Compliance Officer con la finalidad de comunicar las expresadas conductas o comportamientos ilícitos. La reunión personal podrá solicitarse por cualquiera de los medios mencionados, pudiendo celebrarse bien de forma presencial o por videoconferencia.

III. PRINCIPIOS GENERALES

Los principios básicos de actuación sobre los que se fundamenta la presente Política son los siguientes:

  • Legalidad: Las comunicaciones remitidas a través del Canal serán tramitadas conforme a lo dispuesto en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, así como con la restante legislación vigente que pudiera ser aplicable.
  • Protección del informante frente a represalias: Régimen específico de protección frente a las posibles represalias que pudiera sufrir el informante, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 2/2023, de 20 de febrero.
  • Protección de las personas afectadas por la comunicación: Misma protección que para la persona informante.
  • Respeto de los derechos fundamentales: El procedimiento de gestión de las comunicaciones de AGUAS DE BURGOS velará por todos los derechos fundamentales de las personas que se vean involucradas, especialmente el derecho a la presunción de inocencia, derecho al honor y derecho de defensa, en los términos regulados en la Ley 2/2023, de 20 de febrero.
  • Confidencialidad: El sistema está diseñado, establecido y gestionado de forma segura, garantizándose la confidencialidad de la identidad del informante y de cualquier tercero mencionado en la comunicación, así como de las actuaciones que se desarrollen en la gestión y tramitación de la misma.
  • Anonimato: El sistema permite las denuncias anónimas, adoptándose todas las medidas para garantizar el anonimato.
  • Protección de datos personales: Se garantiza la protección de datos personales, impidiendo el acceso al personal no autorizado.
  • Autonomía e independencia: El Responsable del Sistema Interno de Información (Compliance Officer) de AGUAS DE BURGOS goza de autonomía e independencia en la gestión del mismo, no pudiendo ser controlado ni recibir instrucciones de ninguna persona ni órgano de la entidad.
  • Diligencia: El Compliance Officer, en su función de responsable del Sistema Interno de Información, garantizará la tramitación diligente de las comunicaciones.
  • Transparencia: La información sobre el Sistema Interno de Información estará disponible en la página web y se transmitirá de forma clara y comprensible.
  • Buena fe: Se excluyen de la protección las informaciones falsas o tergiversadas, así como aquellas que se han obtenido de manera ilícita.

IV. PROCEDIMIENTO

AGUAS DE BURGOS dispone de un procedimiento interno que garantiza el adecuado tratamiento e investigación de su comunicación con todas las medidas de secreto, anonimato y confidencialidad previstas en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, de protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. De acuerdo con lo regulado en nuestro procedimiento interno le informamos que:

  • Una vez que efectúe su comunicación, sea esta de forma anónima o confidencial, le remitiremos un acuse de recibo de la misma en el plazo máximo de 7 días.
  • Su comunicación será analizada por el Responsable del Sistema Interno de Información, que será el Compliance Officer de AGUAS DE BURGOS, quien en caso de ser necesario podrá solicitarle más información.
  • Los hechos comunicados darán lugar, en su caso, a la correspondiente investigación interna, la cual se llevará a efecto con arreglo a todos los principios expuestos en el apartado anterior.
  • Se pondrá en su conocimiento la terminación de la investigación. No obstante, no serán objeto de información ni el resultado de la misma ni las medidas que, en base a dicho resultado, adopte la empresa en relación a las personas afectadas. Tales medidas se tramitarán directamente con las autoridades competentes.
  • Sin perjuicio de este canal interno, ponemos en su conocimiento, asimismo, que las diferentes autoridades competentes y, en su caso, instituciones, órganos u organismos de la Unión Europea disponen de canales de comunicación a través de los cuales reciben comunicaciones relativas a incumplimientos que entren dentro del ámbito de su competencia. Tienen dichos canales a su disposición en la página web de AGUAS DE BURGOS.

V. PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN

La presente Política será comunicada a empleados, administradores, clientes, proveedores, subcontratistas y resto de partes interesadas, a los que se les proporcionará información adecuada, clara y fácilmente accesible a través de la página web www.aguasdeburgos.com.

VI. VERIFICACIÓN Y CONTROL

La verificación y control del funcionamiento de la presente Política está encomendada al Compliance Officer, a quien corresponderá igualmente su actualización.