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Normativa

Aguas de Burgos S.A. es una empresa de titularidad municipal cuyo funcionamiento se rige por el Reglamento de Prestación del Servicio de Abastecimiento y Saneamiento para la Gestión Integral del Ciclo del Agua, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Burgos en 2003.

Este reglamento establece las condiciones de prestación del servicio público de abastecimiento y saneamiento, así como los derechos y obligaciones de los usuarios y de la entidad gestora.

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MARCO REGULATORIO

Reglamento

Los servicios incluidos en la gestión integral del ciclo del agua tienen la consideración de servicio público, por lo que pueden ser utilizados por todas las personas físicas o jurídicas que lo soliciten, de acuerdo con las condiciones establecidas en la normativa municipal y en la legislación aplicable..

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Este reglamento tiene como finalidad regular:

Las relaciones entre Aguas de Burgos S.A. y los usuarios del servicio.

Los derechos y obligaciones de ambas partes.

Las condiciones de prestación de los servicios de abastecimiento y saneamiento.

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ORDENANZA


Ordenanza Reguladora de la Prestación Patrimonial de carácter público no tributario de los Servicios de Abastecimiento y Saneamiento de Aguas
B.O.P. nº 64 – 2 de abril de 2024

Esta ordenanza regula la prestación patrimonial de carácter público no tributario correspondiente a los servicios de abastecimiento y saneamiento de agua en el municipio de Burgos.

En ella se establecen las condiciones aplicables a las contraprestaciones económicas asociadas a la prestación de estos servicios públicos, así como los criterios que regulan su aplicación.

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VERTIDOS

Ordenanza de vertidos

La Ordenanza de Vertidos para la Gestión Integral del Ciclo del Agua regula las condiciones de uso de la red municipal de alcantarillado y sus instalaciones complementarias en la ciudad de Burgos.

Su objetivo principal es establecer limitaciones y requisitos para los vertidos de aguas residuales a la red municipal, con el fin de evitar efectos perjudiciales en el sistema de saneamiento, en las plantas depuradoras y en el medio ambiente.

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Entre los principales riesgos que se pretenden prevenir destacan:

Daños en la integridad de las canalizaciones o instalaciones de la red de alcantarillado.

Dificultades o riesgos para el personal encargado del mantenimiento.

Reducción de la eficiencia de los procesos de depuración.

Problemas en la disposición final de las aguas depuradas o los fangos generados.

Contaminación de los ríos receptores del término municipal.

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CONTRATACIÓN PÚBLICA

Procedimiento para la adjudicación de contratos de importe superior a 50.000€

La Sociedad Municipal Aguas de Burgos, S.A. establece unas Instrucciones Internas que regulan de forma detallada el procedimiento de adjudicación de contratos cuyo importe supere los 50.000 € (IVA excluido) y no estén sujetos a regulación armonizada comunitaria.

Estas normas, alineadas con el TRLCSP, definen los órganos competentes (Consejo de Administración, Presidente y Director-Gerente), los criterios de preparación, selección de ofertas, formalización y principios rectores como transparencia, confidencialidad y protección de datos, garantizando el cumplimiento normativo y la eficiencia en la gestión contractual.

FASES DEL PROCEDIMIENTO

Primer paso

Preparación del contrato, mediante la elaboración de pliegos con las condiciones técnicas y administrativas.

Segundo paso

Publicación de la licitación en el perfil del contratante.

Tercer paso

Presentación y evaluación de ofertas, conforme a criterios previamente establecidos.

Cuarto paso

Adjudicación a la oferta económicamente más ventajosa.

Quinto paso

Formalización del contrato por escrito.